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Castellar de la Muela
Castilforte
Castilnuevo
Cañizar
Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
Cubillo de Uceda (El)
Cuenca
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Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
Fontanar
Fuembellida
Fuencemillán
Fuentelahiguera de Albatage
Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
Fuentenovilla
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Galve de Sorbe
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Guadalajara
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Gárgoles de Abajo
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Hita
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Hontoba
Horche
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Luzón
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Negredo
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Olmeda de Jadraque (La)
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Orea
Otilla
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Pareja
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Peñalén
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Romanones
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Salmerón
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San Andrés del Rey
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Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
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Viernes, 24 Abril 2015 00:00

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA

1604

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2015, PARA PROYECTOS DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO

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Concejalía de Bienestar Social

 

1604

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Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local celebrada el día 10 de marzo de 2015, se aprobaron las Bases y la Convocatoria de subvenciones propuestas por la Concejalía Delegada de Bienestar Social, para proyectos de Cooperación al Desarrollo de 2015.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 30 días naturales, contados desde el día siguiente al de publicación de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, y podrá realizarse en el Registro General del Ayuntamiento de Guadalajara, Plaza Mayor, n.º 1, o en el Centro Municipal Integrado, sito en la avenida del Vado, n.º 15, y en cualquiera de los lugares previstos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Guadalajara, 16 de marzo de 2015.– El Alcalde, Antonio Román Jasanada.

El Ayuntamiento de Guadalajara, dentro de sus políticas de actuación, considera necesaria la contribución al desarrollo humano local de las poblaciones de determinados municipios o comarcas de países en vías de desarrollo, promoviendo la solidaridad activa entre entidades y colectivos de Guadalajara y de aquellos pueblos más desfavorecidos.

El Ayuntamiento de Guadalajara, en su compromiso con la cooperación al desarrollo, quiere contribuir a paliar los efectos negativos de la relación Norte-Sur, promoviendo iniciativas que ayuden a incrementar la sensibilidad de toda la ciudadanía con la problemática que afecta a esos países y pueblos, y contribuir a mejorar sus condiciones de vida mediante ayudas económicas a proyectos de solidaridad y desarrollo local.

El Ayuntamiento de Guadalajara en su objetivo de conseguir una actuación más eficiente y eficaz, y siempre en aras de actuar dentro del marco de competencias atribuido a las entidades locales por la Ley de Bases de Régimen Local, en su modificación dada por la Ley 27/2013, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, ha solicitado al ministerio competente informe de no duplicidad de competencias y sostenibilidad financiera, para la aprobación y concesión de ayudas económicas en materia de cooperación al desarrollo, sensibilización, ayuda humanitaria y emergencia. Además, lleva a cabo iniciativas y actuaciones tendentes al logro de una mayor coordinación con los ayuntamientos españoles, especialmente en el marco de la FEMP (Federación Española de Municipios y Provincias).

En atención a lo expuesto, el Ayuntamiento de Guadalajara, en uso de las competencias que por ley le son reconocidas y reiterando como suyo el principio de la solidaridad, ha decidido aprobar la siguiente Convocatoria de subvenciones, con el fin de colaborar con los pueblos más desfavorecidos, contribuyendo de este modo a su desarrollo:

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2015, PARA PROYECTOS DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO

1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.-

La presente convocatoria tiene como objeto la financiación de proyectos que impulsen un modelo de desarrollo humano sostenible, encaminados a la promoción y desarrollo de las personas y comunidades de países en vías de desarrollo, respetando su identidad histórica y cultural (quedando los criterios, líneas y prioridades de actuación fijados en el Anexo I de las presentes bases de convocatoria).

En la presente convocatoria, cada ONGD podrá presentar, independientemente o en agrupación con otras ONGD, un solo proyecto. La presentación de dos o más proyectos dará lugar a su exclusión.

2.- CRÉDITO DISPONIBLE.-

El importe total destinado a subvencionar proyectos de Cooperación al Desarrollo, Sensibilización y Educación para el Desarrollo y Ayudas de Emergencia y Acción Humanitaria es de 180.000 euros. La convocatoria se financiará con cargo a los créditos consignados en la aplicación presupuestaria 231.7- 490.00 del Presupuesto municipal para el ejercicio 2015.

De acuerdo a los objetivos, líneas y prioridades que establece la convocatoria, y que han sido definidos en el Anexo I de las presentes bases, la distribución de la dotación presupuestaria será la siguiente:

a.- Para acciones de ayuda humanitaria y emergencia se reservará, al menos, el 10% de la dotación presupuestaria de la convocatoria (18.000 euros). Si restaran fondos no distribuidos, el órgano gestor dispondrá la manera de aplicarlos para los mismos fines, existiendo la posibilidad de incrementar los créditos destinados para el resto de modalidades, sin necesidad de aprobar nuevas bases de convocatoria.

b.- Para acciones de sensibilización y educación para el desarrollo en la ciudad de Guadalajara, se destinará hasta un 5% de la dotación presupuestaria de la convocatoria (9.000 euros). Si restaran fondos no distribuidos, el Órgano gestor dispondrá la manera de aplicarlos para los mismos fines, existiendo la posibilidad de incrementar los créditos destinados para el resto de modalidades, sin necesidad de aprobar nuevas bases de convocatoria.

c.- Para el procedimiento ordinario de adjudicación de ayudas para financiar proyectos en los países menos avanzados correspondientes a la convocatoria de Cooperación al Desarrollo, se destinará la cuantía restante dotada presupuestariamente (153.000 euros).

Si durante la tramitación de la convocatoria, se produjeran hechos o circunstancias excepcionales que dificultasen su adjudicación en régimen de concurrencia competitiva, que hicieran necesaria la concesión directa a una o varias Organizaciones No Gubernamentales, y quedasen suficientemente acreditadas razones de interés público, social, económico o humanitario en informes técnicos unidos al expediente por el órgano gestor, a propuesta de la coordinadora de las ONG o de oficio, y esta circunstancia fuese aprobada por el Consejo de Cooperación al Desarrollo y posteriormente por la Junta de Gobierno Local, se podrán adjudicar, de forma directa, ayudas o subvenciones a proyectos, siempre que la suma de las concesiones no supere el 40% de la dotación presupuestaria de la convocatoria.

3.- ENTIDADES SOLICITANTES Y REQUISITOS PRECEPTIVOS PARA ACCEDER A LAS SUBVENCIONES.-

La presente convocatoria se tramita en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con el ar­tícu­lo 22.1 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

Podrán presentar proyectos a esta convocatoria de ayudas, las Organizaciones No Gubernamentales legalmente constituidas para el Desarrollo, así como entidades con personalidad jurídica y sin ánimo de lucro que reúnan el conjunto de los siguientes requisitos:

a) Tener personalidad jurídica.

b) No perseguir fines lucrativos ni depender económica o institucionalmente de entidades lucrativas.

c) Estar legalmente constituidas, con una antigüedad mínima dos años antes a la publicación de la presente convocatoria y estar debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones, Fundaciones o cualquier otro de carácter público pertinente. Deberán estar, asimismo, inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Guadalajara o, al menos, tener iniciado su tramite.

d) Reflejar en sus estatutos que, entre sus fines, se encuentra la realización de actividades y proyectos orientados a la solidaridad y cooperación al desarrollo.

e) Disponer de estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines sociales, acreditando experiencia en cooperación y capacidad operativa necesarias para ello, debiendo presentar, al efecto, una memoria de sus actividades.

f) Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

g) Encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Guadalajara (según modelo publicado en la página web del Ayuntamiento).

h) No podrán recibir subvención con cargo a la presente convocatoria aquellas entidades que, habiendo recibido ayuda con anterioridad, no hayan procedido a su justificación, de acuerdo con las normas reguladoras de la convocatoria que corresponda.

i) No podrán ser beneficiarias de las subvenciones de esta convocatoria las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo en las que concurra alguna de las circunstancias contenidas en los apartados 2 y 3 del ar­tícu­lo 13 de la Ley General de Subvenciones 38/2003,de 17 de noviembre.

j) Las ONGD o entidades deberán presentar memoria de actividades del año anterior a la presente convocatoria y, de no recogerse en la misma el balance económico de la entidad, deberán aportarlo en documento aparte.

4.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.-

La presentación de solicitudes se hará mediante instancia normalizada (según el modelo que figura en el Anexo II) dirigida al Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara, por quien tenga la representación legal de la entidad solicitante, en el Registro General del Ayuntamiento de Guadalajara, sito en Plaza Mayor número 1, o en avenida del Vado, n.º 15 (Centro Municipal Integrado), así como a través de cualquiera de las formas previstas en el ar­tícu­lo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común 30/1992, de 26 de noviembre.

Idéntica forma se requerirá para la presentación de cualquier documento o informe que deba aportarse con posterioridad, con referencia al proyecto presentado, debiendo realizarse dicha presentación mediante aportación al expediente inicial originado por la solicitud, indicando la circunstancia de tratarse de una aportación a un expediente anterior y el número del mismo.

Se establece un plazo de 30 días naturales para la presentación de solicitudes, a contar desde el día siguiente al de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

5.- DOCUMENTACIÓN A APORTAR.-

El impreso de la solicitud (que se hará mediante instancia normalizada según el modelo que figura en el Anexo II) y el formulario, debidamente cumplimentado, irán necesariamente acompañados por el proyecto para el que se solicita financiación, cuya ausencia no podrá ser objeto de subsanación. Se hará constar:

A) Datos de la entidad solicitante:

1. Documentación acreditativa de la personalidad del solicitante, así como poder para actuar en nombre y representación de la ONGD, en original o copia compulsada.

2. Código de Identificación Fiscal (original o copia compulsada).

3. Documentación acreditativa de que se cumplen los requisitos establecidos en la base 3.ª de esta convocatoria.

4. Acreditación de la domiciliación y representación de la ONGD en Guadalajara capital y/o provincia, indicando, en todo caso, la antigüedad.

5. Memoria de la institución, Balance de situación y Cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio anterior al de la presentación del proyecto, incluyendo fuentes de financiación y número de socios.

6. Organigrama, dependencias en España y recursos humanos (remunerado y voluntario).

7. Indicar la experiencia en proyectos de cooperación al desarrollo en la zona y/o país, y en el sector de actuación del proyecto, según el modelo del formulario.

8. Memoria de actividades de sensibilización llevadas a cabo en la ciudad de Guadalajara durante los ejercicios 2013-2014 (según modelo del formulario), adjuntando documento/certificado justificativo de la realización de cada actividad.

9. Declaración responsable de la obtención o solicitud de otras subvenciones para la misma finalidad/proyecto.

10. Cuando la documentación requerida en los puntos 2, 3, 4 y 6 haya sido aportada en anteriores convocatorias, no será necesario presentarla nuevamente. En estos casos, y siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de presentación de los documentos y estos no hayan sufrido modificación de ningún tipo, se acompañará a la solicitud de una declaración responsable del representante de la entidad, en la que se hagan constar los documentos que obran en poder del Ayuntamiento de Guadalajara, indicando expresamente que siguen vigentes.

B) Datos de la contraparte local:

Los proyectos deben ser promovidos a instancia de contrapartes (socios locales), grupos o asociaciones –nunca particulares que deberán acreditar garantías suficientes de que los fines perseguidos van a alcanzarse.

Deberá acreditarse experiencia en proyectos de cooperación al desarrollo en la zona y el sector de actuación del proyecto, así como experiencia previa con la ONG solicitante (según modelo del formulario). Cuando no exista experiencia previa, se valorará la pertinencia de la propuesta.

C) Información que deberá contener el proyecto, según formulario propuesto:

• TÍTULO.

• BREVE RESUMEN DEL PROYECTO (20 líneas como máximo), indicando de forma sucinta los objetivos y las líneas generales de actuación para su consecución.

• ANTECEDENTES, CONTEXTO Y JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO, aportando estrictamente datos relacionados con el proyecto y el lugar de intervención. Debe incluir, en todo caso:

- Descripción del árbol de problemas.

- Ubicación del árbol de problemas en el contexto de la intervención.

- Indicar por qué es positivo plantear un cambio en el contexto estudiado y por qué es positivo llevarlo a cabo, según se indica en el proyecto.

• BENEFICIARIOS DIRECTOS E INDIRECTOS de la acción, debiendo indicar:

- Porcentaje aproximado de población beneficiada dentro del colectivo afectado, especificando el momento del proyecto en el que la población es seleccionada y si hay o no varios momentos en los que es posible pasar a formar parte de la misma.

- Criterios que se utilizan para seleccionar a la población directa.

• PARTICIPACIÓN DE LA POBLACIÓN: Debe contener:

- Grado de participación e implicación de la población.

- Descripción de la participación de la población en las diferentes fases del proyecto, desde la identificación hasta la evaluación, especificando la metodología e instrumentos utilizados para hacer posible y efectiva dicha participación.

• RECURSOS humanos y técnicos.

• SEGUIMIENTO previsto: Se indicará el modo en el que se tiene previsto llevar a cabo el seguimiento técnico y financiero durante el desarrollo del proyecto.

• EVALUACIÓN: Especificar el tipo de evaluación que se va a realizar (si es externa o interna), los momentos en los que se realizará y la metodología. En el caso de ser una evaluación externa, especificar los pasos dados hasta el momento para su externalización.

• MATRIZ DE PLANIFICACIÓN, según modelo adjunto en el formulario.

• PRESUPUESTO: Se han de presentar las dos tablas que se adjuntan en el formulario.

• CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES, según modelo adjunto en el formulario (actividad y meses).

• VIABILIDAD Y SOSTENIBILIDAD DEL PROYECTO, se debe indicar:

- Adecuación al contexto sociocultural y enfoque de derechos.

- Factores socio-políticos: Acuerdos y compromisos de viabilidad y sostenibilidad, tanto con poderes públicos como con la sociedad civil y adecuación a las políticas locales.

- Cuestiones legales si las hubiera.

- Aspectos técnicos.

- Cierre y transferencia.

- Incorporación de la perspectiva de género al proyecto.

- Factores ambientales.

La no aportación de alguna información anteriormente citada será requerida al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con apercibimiento de que, sí así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución, que deberá ser dictada en los términos previstos en el art. 42 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

6.- PROYECTOS EXCLUIDOS DE LA PRESENTE CONVOCATORIA.-

- Proyectos presentados de manera extemporánea, fuera del plazo establecido para la presentación de las solicitudes.

- Proyectos que no reúnan el conjunto de los requisitos previstos en la base 3.ª de esta convocatoria.

- Proyectos que hayan finalizado antes del 1 de enero de 2015.

7.- PROYECTOS PRIORITARIOS.-

A) Domiciliación de las entidades solicitantes:

1.º grado de prioridad: Que el proyecto se presente y avale por una ONGD que acredite tener domicilio en Guadalajara capital y/ o provincia, y que, además, acrediten tener presencia activa en el municipio de Guadalajara, a través de la realización de actividades de sensibilización y educación para el desarrollo (según ficha anexa), así como participando en actividades locales de contenido social, en los dos años anteriores a la fecha de presentación del proyecto de forma continuada, realizando, como mínimo, para acceder al primer grado de prioridad, un proyecto de sensibilización al año.

2.º grado de prioridad: Se pasará a considerar las ONG con domicilio en otras provincias, que acrediten tener presencia activa en el municipio de Guadalajara, a través de la realización de actividades de sensibilización y educación para el desarrollo (según ficha anexa) en los dos años anteriores a la fecha de presentación del proyecto de forma continuada, realizando, como mínimo, un proyecto de sensibilización al año.

Después de este apartado se pasará a valorar los proyectos que cumplan el siguiente:

B) Ámbito geográfico:

Serán prioritarios aquellos proyectos que se lleven a cabo en los países menos adelantados del Continente Africano, según el CAD (Comité de Ayuda al Desarrollo) y el IDH (Índice de Desarrollo Humano).

En segundo lugar, países en donde España haya tenido presencia histórica y cultural. Cumplidos algunos de estos requisitos, se pasará a considerar los proyectos que cumplan el apartado C).

C) Acción multidisciplinar de desarrollo integral:

Formar parte de una acción multidisciplinar de desarrollo integral de la zona donde se lleve a cabo el proyecto. Reunido este requisito, se pasará a considerar los proyectos que cumplan el apartado D).

D) Sectores más desfavorecidos:

Acciones destinadas a los sectores más desfavorecidos de los países del sur con índices medios de IDH. Una vez cumplido este apartado, se pasará a considerar los proyectos que cumplan el apartado E).

E) Líneas horizontales:

Según lo establecido en el Anexo I y publicado en la página web del Ayuntamiento.

8.- OTROS REQUISITOS QUE SE DEBERÁN CUMPLIR EN LA RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA.-

• La corporación local financiará un máximo del 80% del importe total del proyecto.

• No se concederá ninguna subvención que supere el 20% de los fondos municipales disponibles para cada una de las modalidades de la presente convocatoria.

• Los proyectos destinarán a gastos indirectos, como máximo, un 8% del importe de la subvención solicitada al Ayuntamiento de Guadalajara para la gestión y gastos administrativos del proyecto, entendiéndose por gastos administrativos los relativos a la formulación, ejecución y seguimiento del proyecto por parte de la ONGD responsable del mismo, que justificarán mediante facturas o documentos equivalentes en el tráfico mercantil.

• Las subvenciones reguladas en esta resolución son compatibles con otras ayudas que tengan la misma finalidad, teniendo en cuenta que el importe de la subvención, en ningún caso, podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la totalidad del proyecto subvencionado.

• Para la evaluación y valoración de los proyectos de cooperación al desarrollo, se utilizará el Instrumento Técnico de Valoración de Proyectos que se adjunta a la presente Convocatoria en Anexo IV (publicado en la página web del Ayuntamiento).

9.- SUBSANACIÓN DE DEFICIENCIAS O ERRORES.-

Si la solicitud no reúne los requisitos previstos en las bases 3.ª y 5.ª, puntos A, B y C, y/o cualesquiera de los previstos en el ar­tícu­lo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se requerirá al interesado, de acuerdo con lo establecido en el ar­tícu­lo 71.1 de la citada ley, para que, en el plazo máximo de 10 días hábiles, aporte la documentación preceptiva o subsane las deficiencias oportunas, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud.

10.- PLAZO DE VALORACIÓN DE SOLICITUDES Y RESOLUCIÓN.-

1.- El plazo de valoración de las solicitudes presentadas será de seis meses, contados a partir del día siguiente a aquel en que finalizó el plazo de presentación de solicitudes.

2.- La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento resolverá sobre dicha propuesta antes del 31 de diciembre, del año de la convocatoria.

11.- ADJUDICACIÓN DE LAS SUBVENCIONES O AYUDAS.-

1.- La aprobación de las ayudas y subvenciones se efectuará por parte de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Guadalajara, a propuesta del Consejo Municipal de Cooperación para el Desarrollo, de acuerdo con lo establecido en el apartado cuarto, punto cuarto, del Reglamento del Consejo Municipal de Cooperación para el Desarrollo del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 81, el 8 de julio de 2009.

2.- La adjudicación se realizará en virtud de la puntuación obtenida en la evaluación y valoración de los proyectos presentados, que se realizará, en su caso, con la incorporación de las fichas de evaluación de la coordinadora (si las hubiera) y del técnico municipal de servi­cios sociales, de conformidad con el Instrumento Técnico de Valoración de Proyectos que aparece recogido en el Anexo IV de la presente convocatoria.

3.- Se autoriza el pago anticipado del 100% de la subvención concedida. El Ayuntamiento se compromete a hacer llegar a las ONGD beneficiarias de las subvenciones el 100% del importe de las mismas, de acuerdo con la disposición de pagos de la Tesorería municipal, siempre que la beneficiaria se encuentre al corriente con las justificaciones finales de ejercicios anteriores.

12.- NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN.-

1.- La resolución por la que se apruebe o deniegue la subvención solicitada, se notificará mediante correo certificado a la ONGD en el plazo máximo de 1 mes, contado a partir de la fecha en que se adopte el acuerdo por la Junta de Gobierno Local.

De forma complementaria, se publicarán en la página web del Ayuntamiento de Guadalajara, la relación de proyectos concedidos.

2.- En dicha notificación se hará constar lo siguiente: las obligaciones que contraen las partes, las modalidades de cumplimiento de los proyectos, su plazo de ejecución, modalidades y forma de pago de la subvención o ayuda, plazo y forma de justificación del gasto y de la presentación de la memoria justificativa de la aplicación de dicha subvención.

3.- Para aquellos proyectos que resulten aprobados, se redactará un convenio que deberá de ser firmado por un representante autorizado de la ONGD y por el Alcalde del Ayuntamiento de Guadalajara, o persona en quien delegue, en el que se recogerán los derechos y obligaciones de las partes.

4.- La entidad deberá ingresar la cantidad percibida en una cuenta bancaria abierta para todas las subvenciones concedidas. Una vez recibidos los fondos, la ONGD deberá transferirlos en el plazo de diez días a una cuenta bancaria abierta específicamente a nombre del proyecto.

5.- Los proyectos y entidades subvencionadas se harán publicas en la página web del Ayuntamiento de Guadalajara y en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

13.- INICIO DEL PROYECTO.-

1.- La fecha de inicio del proyecto deberá comunicarse obligatoriamente por escrito al Ayuntamiento de Guadalajara, en un plazo máximo de 2 meses, contados desde la percepción de la subvención o desde el inicio del proyecto.

2.- Las ONGD deberán iniciar la ejecución de los proyectos aprobados en el plazo máximo de 2 meses tras la percepción efectiva de los fondos de las correspondientes subvenciones, salvo que ello resulte imposible debido a circunstancias excepcionales, que la ONGD deberá justificar y comunicar por escrito al Ayuntamiento en ese mismo plazo. Transcurrido dicho plazo sin iniciar y comunicar a este Ayuntamiento el inicio del proyecto autorizado o, en su defecto, haber obtenido de esta entidad autorización para su iniciación con posterioridad, será causa de reintegro de las cantidades percibidas y de la exigencia del interés de demora que pudiera corresponderle.

3.- Las subvenciones podrán otorgarse tanto a proyectos ya iniciados como a los que estén pendientes de realización. Para los proyectos ya iniciados, la fecha de inicio no podrá ser, en ningún caso, es anterior al 1 de enero del año de la convocatoria, aceptando por tanto justificantes de gasto a partir del 1 de enero de ese año.

14.- REFORMULACIONES Y/O MODIFICACIONES DEL PROYECTO.-

1.- En el caso de la cantidad concedida sea inferior a la solicitada por la entidad, deberá notificarse dicha circunstancia a la ONGD, concediéndole un plazo de 10 días para que acepte o renuncie a la subvención y, en todo caso, antes del 20 de diciembre, del año de la convocatoria. En caso de aceptación, será necesario que opten por la reformulación del proyecto por el importe concedido o la justificación de la totalidad de la cuantía solicitada.

2.- Las ONGD que hayan recibido subvenciones para la ejecución de proyectos quedan obligadas a comunicar cualquier eventualidad o circunstancia que altere o dificulte gravemente el desarrollo del proyecto subvencionado.

Será necesaria la autorización previa y expresa del Ayuntamiento de Guadalajara para cualquier modificación sustancial, entendiendo por tal aquella que afecte a:

• Los objetivos del proyecto.

• La población beneficiaria.

• La zona de ejecución.

• La iniciación del proyecto con posterioridad a dos meses después de la percepción efectiva de los fondos.

• El plazo de ejecución exceda de 3 meses.

• Diferencias presupuestarias de más de un 20% entre partidas, ya sean al alza o a la baja.

3.- Las solicitudes de modificaciones sustanciales del proyecto deberán estar suficientemente motivadas y deberán formularse con carácter inmediato a la aparición de las circunstancias que lo justifiquen. Dichas solicitudes se presentarán en el Registro del Ayuntamiento de Guadalajara o a través de cualquiera de las formas previstas en la base 4.ª, y harán constar el objeto de la misma y los elementos que resulten modificados respecto a la propuesta inicialmente aprobada.

Posteriormente, se notificará a la ONGD mediante correo certificado la autorización o denegación de dicha solicitud.

4.- La existencia de una modificación sustancial que no haya sido comunicada y autorizada previamente a este Ayuntamiento podrá ser motivo de expediente de reintegro de la totalidad o parte de la subvención concedida.

5.- En aquellos casos en que la modificación no sea sustancial, será suficiente la comunicación al Ayuntamiento de Guadalajara.

15.- INFORME DE SEGUIMIENTO Y FINAL.-

La justificación final se tendrá que presentar en un plazo máximo de 4 meses, contados a partir de la fecha en que hubiera finalizado el proyecto. Transcurrido dicho plazo sin haber presentado la oportuna justificación, y de conformidad con el ar­tícu­lo 70.3 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Subvenciones, se requerirá al beneficiario para que la presente en el plazo improrrogable de quince días. Su no presentación acarreará la exigencia del reintegro y demás responsabilidades recogidas en la Ley General de Subvenciones y en su Reglamento.

Se podrá otorgar una ampliación del plazo de justificación establecido en el apartado anterior, que no exceda de la mitad del mismo y siempre que, con ello, no se perjudiquen los derechos de tercero, según establece el ar­tícu­lo 70.1 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, siempre que esta ampliación se solicite con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de la justificación.

En aquellos casos en que se trate de proyectos de duración inferior, igual o superior a 24 meses, se procederá conforme a lo siguiente:

Cuando se trate de proyectos de más de 12 meses, o de 24 meses de duración, deberá presentarse un informe de seguimiento al finalizar el primer año, en el cual se haga constar aspectos relacionados con la ejecución del proyecto, un informe de la contraparte local sobre la repercusión alcanzada por el proyecto y una memoria económica en la que se concreten las cantidades utilizadas e invertidas a dicha fecha. Al finalizar los dos años, deberá presentarse el informe final, adjuntándose en este caso las facturas oportunas.

Cuando se trate de proyectos de hasta 12 meses de duración, únicamente deberá presentarse el informe final, técnico y económico.

En la justificación final se deberá incluir: (Se adjunta modelo de justificación. Anexo V).

1) Información técnica del proyecto.

Siguiendo la matriz, en función de los indicadores y fuentes de verificación, determinar la consecución de resultados esperados y, por tanto, el grado de cumplimiento del objetivo.

Explicar la adecuación de los recursos técnicos y humanos en el desarrollo del proyecto.

Explicar cual ha sido el papel de la población beneficiaria a lo largo del proyecto.

Valorar, de forma general, el proyecto y si ha habido cambios durante el desarrollo del mismo.

Se presentará un certificado de consecución de objetivos por parte de las ONGD.

2) Información económico-financiera.

Se aportará acreditación de las transferencias bancarias enviadas y recibidas: 1. Entre el Ayuntamiento de Guadalajara y la ONG. 2. La transferencia de la ONG a una cuenta abierta específicamente a nombre del proyecto subvencionado. 3. Y la transferencia de la ONGD a la contraparte local en los proyectos de cooperación al desarrollo.

• En el caso de que la subvención se conceda a Organismos Internacionales del Sistema de Naciones Unidas o a entidades que ejerzan su representación, se estará a lo dispuesto en la normativa que le sea de aplicación.

• Las facturas originales tienen que tener el sello del proyecto en el que aparezca el año de la convocatoria del Ayuntamiento de Guadalajara, la ONGD adjudicataria y lo que se imputa al proyecto.

3) Justificación de los costes directos/indirectos:

El concepto de costes directos responde a los gastos vinculados a la ejecución de la intervención y financian la consecución de los objetivos. Su relación habrá sido detallada y presupuestada en la formulación de la intervención.

Los gastos directos subvencionables son los siguientes:

a) Identificación de la intervención en el terreno. Se podrá imputar, como máximo, el 2% del total subvencionado por el Ayuntamiento.

b) Las auditorías externas finales, si estuvieran descritas en el documento de formulación del proyecto presentado junto a la solicitud de subvención.

c) Terrenos e inmuebles (incluye compra o alquiler). En los gastos imputados a terrenos, deberán especificarse el régimen de propiedad y la titularidad. Se incluirá en la subpartida «alquiler de vivienda del expatriado» el importe presupuestado de la misma, siempre que esté contemplado en el documento de formulación del proyecto.

d) Construcción y/o reforma de inmuebles e infraestructura (incluye traslado de trabajadores, en su caso, materiales y su transporte, desescombrado, informes técnicos obligatorios, licencias, tasas, seguros obligatorios, dirección de obras). En los gastos imputados a construcción de inmuebles, deberán especificarse el régimen de propiedad y la titularidad.

e) Equipos, materiales y suministros. Adquisición de elementos de inmovilizado, distintos de terrenos y edificios, afectos a la actividad subvencionada, incluyendo los gastos derivados del envío de los equipos, así como de su instalación y puesta en funcionamiento.

Podrán ser subvencionados los gastos de amortización de bienes inventariables, siempre que se refieran al período subvencionable, y la subvención no haya contribuido a la compra de los bienes.

f) Personal:

• Personal expatriado, el gasto no podrá exceder del 10% de la subvención solicitada.

• Personal local.

• Personal en sede.

En todos los casos, la imputación de los gastos podrá ser total o parcial, atendiendo a la dedicación al proyecto.

Los gastos de personal subvencionables son los salarios, los seguros sociales a cargo de la entidad, así como cualquier otro seguro suscrito a favor del personal o su familia en primer grado. En el caso de personal expatriado, serán subvencionables únicamente si se hubiera depositado el correspondiente acuerdo complementario de destino, de acuerdo con lo establecido en el art. 5.4 del Real Decreto 519/2006, de 28 de abril, por el que se establece el Estatuto de los cooperantes.

g) Servi­cios técnicos y profesionales necesarios para la realización de capacitaciones.

h) Fondos rotatorios. Esta partida incluye el aporte económico para los préstamos y los gastos de gestión y administración del mismo, así como los gastos financieros y todos aquellos directamente ligados al fondo, dentro del período de ejecución. El fondo debe haber sido contemplado en la formulación, mediante presentación del proyecto de reglamento del fondo, que incluirá la cuantía de los prestamos, el número de beneficiarios, el tipo de interés, el periodo de carencia y el plazo de devolución. No podrán superar el 10% de los gastos directos financiados.

La justificación de los gastos a los que se refiere el presente apartado se atendrá a lo siguiente:

- Documentación acreditativa del gasto a custodiar por la ONGD/agrupación adjudicataria o su contraparte local para su eventual comprobación por muestreo. Contratos de préstamo entre los prestatarios últimos y la entidad administradora del fondo, así como recibos de entregas de fondos.

- Funcionamiento en el terreno. Se imputarán a esta partida gastos corrientes de funcionamiento de electricidad, agua, comunicaciones, mantenimiento, seguridad, limpieza, alquileres de sedes y otros análogos acaecidos en el país de ejecución, en el periodo de ejecución y ligados al mantenimiento de las sedes y la organización del socio local o de la ONGD española, siempre que tenga abierta una oficina en el país de ejecución.

Pueden alcanzar un máximo del 1% del total subvencionado. Las facturas y justificantes de estos gastos podrán atribuirse por porcentajes a varios proyectos.

La justificación de los gastos a los que se refiere el presente apartado se atendrá a lo siguiente:

- Documentación acreditativa del gasto a custodiar por la ONGD adjudicataria o su contraparte local para su eventual comprobación por muestreo: Facturas u otros documentos de tráfico legal o recibos previamente autorizados por el Ayuntamiento de Guadalajara.

i) Viajes, alojamientos y dietas, incluye los gastos vinculados a la movilidad del personal y los beneficiarios necesaria para la ejecución del proyecto (gastos de viaje, dietas, alojamientos, así como el combustible, los seguros y el mantenimiento de los ve­hícu­los específicamente identificados en el documento de formulación del proyecto y vinculados a este).

j) Los gastos financieros, de asesorías jurídicas o financieras, notariales y registrales, si son indispensables para la ejecución del proyecto y que no deriven de malas prácticas o incumplimientos legales por parte de la ONGD y/o sus contrapartes.

k) Los tributos. Siempre que las ONGD los abonen efectivamente.

l) Los costes indirectos subvencionables son aquellos propios del funcionamiento regular de la ONGD y de su contraparte y que sirven de sostén para la ejecución de la intervención, es decir, para la gestión y gastos administrativos del proyecto, entendiéndose por gastos administrativos los relativos a la formulación, control y seguimiento del proyecto por parte de la ONGD responsable del mismo, que, en todo caso, justificarán mediante facturas o documentos equivalentes en el tráfico mercantil. Se imputarán los que correspondan al 8% de la subvención concedida por el Ayuntamiento de Guadalajara.

m) En ningún caso serán subvencionables los siguientes gastos:

1. Los intereses deudores de las cuentas bancarias.

2. Los intereses, recargos y sanciones administrativos y penales.

3. Los gastos de procedimientos judiciales.

4. Las indemnizaciones.

5. Los gastos y atenciones protocolarias, al no considerarse estos gastos como vinculados a la ejecución del proyecto.

Cualquier otro gasto que no se haya reseñado en la formulación.

• La justificación se realizará conforme a lo siguiente:

a) Se presentará un listado de justificantes, con la relación de todos los pagos realizados, sellado y firmado por el responsable, detallando el preceptor y el importe expresado en euros, acompañando fotocopia compulsada de los documentos originales convenientemente diligenciados, debiendo los originales de las facturas imputadas al proyecto quedar depositadas en la sede de la ONGD española, al menos, durante un período de 5 años, desde la comunicación de la aprobación del informe final. En el caso de ser un proyecto cofinanciado, se deberá indicar el tanto por ciento del gasto imputado al Ayuntamiento de Guadalajara.

b) En el caso de que en el país no se permitiese el traslado de los originales, tendrá que realizarse la compulsa de las facturas en los consulados, embajadas o las (OTC) Oficinas Técnicas de Cooperación Españolas en aquel país.

c) Si las contrapartes locales no pudieran presentar esta documentación, deberán razonarlo motivadamente al Consejo Municipal de Cooperación para el Desarrollo, Sensibilización, Educación para el Desarrollo, Ayuda y Acción Humanitaria, y podrán presentar fotocopia o cualquier otro documento que acredite fehacientemente la realidad de los hechos que fundamentan la subvención y la aplicación de esta a la finalidad para la que fue otorgada.

d) Los costes indirectos serán como máximo el 8%, de la subvención concedida por la corporación local y se consideran justificados mediante facturas o documentos equivalentes en el tráfico mercantil.

e) Se reintegrarán al Ayuntamiento de Guadalajara las subvenciones no justificadas, total o parcialmente, así como el interés legal de demora que pudiera corresponderle.

f) Los gastos se justificarán mediante facturas originales y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico mercantil y eficacia administrativa. La entidad beneficiaria de la subvención deberá guardar y custodiar la documentación original en el caso de haber presentado copias compulsadas, al menos, durante ocho años, a contar desde la finalización del programa o proyecto subvencionado, para poder ser consultada en el caso de inspección o auditoría de la Administración correspondiente, según establece el ar­tícu­lo 14.1 de la Ley General de Subvenciones.

• Si existiesen defectos subsanables en la justificación presentada, el órgano competente para la comprobación de la justificación económica lo pondrá en conocimiento del beneficiario, concediéndole un plazo máximo de diez días hábiles para su corrección, según el ar­tícu­lo 71.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

• En el caso de devolución voluntaria de toda o parte de la subvención concedida, se estará a lo dispuesto en el ar­tícu­lo 90 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, donde se entiende por devolución voluntaria aquella que es realizada por el beneficiario, sin el previo requerimiento de la Administración.

Cuando se produzca la devolución voluntaria, la Administración calculará los intereses de demora, de acuerdo a lo previsto en el ar­tícu­lo 38 de la Ley General de Subvenciones y hasta el momento en que se produjo la devolución efectiva por parte del beneficiario.

16.- REINTEGRO Y RÉGIMEN SANCIONADOR.-

Será de aplicación el procedimiento de reintegro y el control financiero previstos en la normativa básica estatal, contenida en los Títulos II y III, respectivamente, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Procederá, en todo caso, el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora, desde el momento del pago de la subvención, que será el interés legal del dinero vigente a la fecha, incrementado en un 25%, en los siguientes casos:

- Incumplimiento de las obligaciones y estipulaciones contenidas en las presentes bases.

- Obtener la subvención sin reunir las condiciones para ello, incumplimiento de la finalidad para la que la subvención fue concedida.

- Incumplimiento de las condiciones impuestas a los beneficiarios con motivo de la concesión de la subvención.

- Cuando el importe de la subvención o las ayudas supere el coste de la actividad.

17.- PROYECTOS NO SUBVENCIONADOS.-

Los proyectos que no resultaren seleccionados podrán retirarse en las oficinas del Centro Municipal Integrado «Eduardo Guitián» del Ayuntamiento de Guadalajara, sito en la avenida de Vado, n.º 15, en el plazo máximo de 2 meses, contados a partir de la fecha en la cual hubiera la ONGD recibido la notificación cursada mediante correo certificado comunicando la denegación de la subvención.

Verónica Renales Romo, Concejal Delegada de Bienestar Social.

ANEXO I

1.- CRITERIOS DE ACTUACIÓN: Son criterios de actuación de la presente convocatoria, las acciones orientadas a:

COOPERACIÓN, «la coparticipación, diálogo y aprendizaje mutuo entre pueblos y culturas diferentes en la causa común del desarrollo».

DESARROLLO «el proceso desde abajo y desde dentro que conduce a un cambio global de la economía, la sociedad y el territorio, que le permite al ser humano su liberación individual y social, le proporciona los bienes para satisfacer sus necesidades, contribuye a su bienestar social y le ofrece calidad de vida y una relación armoniosa con el medio en el que se desarrolla la vida».

El Ayuntamiento de Guadalajara pretende contribuir a la satisfacción de las necesidades básicas de la población, entendiendo por tales las relacionadas con la alimentación, la vivienda, el acceso al agua potable y saneamiento básico, la salud, la educación, los servi­cios sociales o la implantación de pequeñas infraestructuras. Con estas acciones o proyectos se contribuye al auto-abastecimiento de las necesidades básicas, en aquellas zonas más necesitadas de los países en vías de desarrollo, a impulsar el autodesarrollo de los de los pueblos indígenas y a asegurar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el acceso a los recursos.

SENSIBILIZACIÓN Y EDUCACIÓN PARA EL DESARROLLO, entendido como un proceso formal y educativo constante, encaminado a promover una ciudadanía global generadora de una cultura de la solidaridad constante, comprometida en la lucha contra la pobreza y la exclusión, así como con la promoción del desarrollo humano sostenible. Comprende acciones de sensibilización que sirvan para generar conciencias críticas, hacer a cada persona responsable y activa, con el fin de construir una sociedad civil, tanto en el Norte como en el Sur, comprometida con la solidaridad, entendida esta como corresponsabilidad, y participativa, cuyas demandas, necesidades, preocupaciones y análisis se tengan en cuenta a la hora de tomar decisiones políticas, económicas y sociales. La sensibilización es necesaria para que los ciudadanos de Guadalajara conozcan que es la cooperación para el desarrollo. Para ello, se potenciará la visibilización de los proyectos financiados por el Ayuntamiento de Guadalajara a lo largo de los años.

2.- LÍNEAS HORIZONTALES: La presente convocatoria se regirá por las siguientes prioridades de actuación. Estas deben ser integradas en todas las actuaciones promovidas en materia de cooperación.

- La lucha contra la pobreza, entendiendo esta en sentido amplio, no solo como carencia de recursos económicos, sino también como exclusión, marginación social y privación de servi­cios básicos. La pobreza no es solo el déficit en los ingresos o en la renta, sino el proceso por el cual las personas alcanzan o no el bienestar.

- La defensa de los derechos humanos. El fortalecimiento de las capacidades institucionales, sociales y humanas se encuentra indisolublemente unido al respeto, promoción y garantía de los derechos humanos. Los derechos humanos constituyen un marco universal e indivisible, dentro del cual se encuentran los derechos civiles y políticos, los derechos económicos sociales y culturales, y los llamados derechos de tercera generación, como el derecho al medio ambiente, el derecho a la paz y el derecho al desarrollo. En este marco, adquieren especial relevancia la Convención de los Derechos del Niño de 1989 y la Convención sobre la Eliminación de Todas las formas de Discriminación contra la Mujer de 1979, en la medida en que aportan un enfoque integral sobre la situación y el desarrollo de la infancia y la mujer como sujetos de derecho más allá de su tradicional valoración por su situación de vulnerabilidad.

- La promoción de la igualdad entre hombres y mujeres: Equidad de género. La equidad de género, como objetivo y estrategia de desarrollo, requiere reestructurar las relaciones desiguales de género de forma que todas las personas puedan cubrir sus necesidades prácticas. También implica promover mecanismos para la participación de las mujeres con poder de decisión en todos los espacios, teniendo en cuenta sus intereses estratégicos para su plena integración en lo político, lo social, lo económico y lo cultural. El empoderamiento de la mujer como un proceso continuo y desde las propias mujeres es una condición indispensable para la eliminación de la pobreza en el mundo.

- La sostenibilidad medioambiental. Las personas tienen el derecho fundamental a la libertad, la igualdad y el disfrute de las condiciones de vida adecuadas en un medio de calidad tal que les permita llevar una vida digna y gozar de bienestar, y tienen la solemne obligación de proteger y mejorar el medio para las generaciones presentes y futuras.

- El fortalecimiento de la sociedad civil y participación social. La participación es una de las premisas para alcanzar el desarrollo humano, y tiene en sí misma un valor democrático, ya que supone la expresión de autonomía y libertad. Todas las acciones de cooperación para el desarrollo que se impulsen desde el Fondo Castellano-Manchego de Cooperación deben estar orientadas a fortalecer las redes sociales que definen la dinámica local y contribuir de esta manera a la vertebración del tejido social ciudadano que aspire a la participación en todos los ámbitos de la vida comunitaria, local y nacional.

- El respeto a la diversidad cultural. La Declaración de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) reconoce la diversidad cultural como un imperativo ético, inseparable del respeto a la dignidad de la persona. en esta línea, el Ayuntamiento de Guadalajara, propiciará el respeto y el reconocimiento de la diversidad cultural como una prioridad horizontal en todas sus acciones, al entender que la libertad cultural y el derecho a la diversidad constituyen una parte fundamental del desarrollo humano.

3.- PRIORIDADES SECTORIALES: Los sectores a los que preferentemente se dirigirán los proyectos de cooperación al desarrollo son los siguientes:

a) En soberanía alimentaria y lucha contra el hambre:

- Fomento de unidades colectivas de producción alimentaria en el marco de la economía social (asociaciones de productores, cooperativas de agricultores, etc.) que faciliten y aseguren la soberanía alimentaria local.

- Incrementar, de manera progresiva, la producción local familiar diversificada, pequeñas estructuras de transformación y redes de comercialización local que favorezcan el consumo local.

- Potenciar las capacidades de la población para enfrentar las situaciones de inseguridad alimentaria mediante sistemas de educación y formación profesional.

- Acciones que promuevan la educación nutricional y procuren la asistencia y el proceso de aprendizaje de los niños y niñas en las escuelas.

- Sensibilización e incidencia hacia la opinión pública y las personas responsables de la toma de decisiones para priorizar la lucha contra el hambre.

- Contribución en la coordinación de los actores implicados en la lucha contra el hambre.

b) En el sector de salud:

- Fortalecimiento de los sistemas públicos de salud.

- Educación sanitaria: Acceso a la información, educación y formación de las comunidades en relación con la salud.

- Prevención y control de enfermedades: Inmunización contra las principales enfermedades infecciosas y prevención de enfermedades endémicas (malaria, cólera, SIDA, tuberculosis y otras enfermedades olvidadas), tratamiento de enfermedades causantes de alta mortalidad.

- Atención a la salud sexual y reproductiva y a la planificación familiar.

- Prevención, detección, diagnóstico y tratamiento de enfermedades de transmisión sexual.

- Apoyo a los programas de nutrición infantil y educación para la salud en el medio escolar.

- Prevención y control de las enfermedades relacionadas con la infancia y que causan mayor morbilidad y mortalidad en menores de 5 años: Malnutrición, enfermedades respiratorias, diarreas, malaria y sarampión.

- Servi­cios de control prenatal, y atención neonatal y post-natal.

- Atención sanitaria básica y preventiva con especial incidencia en la infancia y las mujeres.

- Mejora de la atención ginecológica de las mujeres, reconociendo sus necesidades sanitarias a lo largo del ciclo de su vida.

- Acceso a los medicamentos esenciales.

- Formación del personal sanitario.

- Apoyo a la construcción y mejora de infraestructuras y equipamiento de instalaciones sanitarias básicas: Dispensarios, clínicas, hospitales y equipamiento médico. Con especial incidencia en las áreas rurales, zonas marginales y comunidades locales.

- Apoyo en los procesos de descentralización de la prestación de los servi­cios sanitarios para la mejora en el acceso universal a la salud.

- Promoción de condiciones de trabajo y de un entorno laboral seguro y saludable.

c) En el sector de la educación:

- Fortalecimiento de los sistemas públicos de educación.

- Fortalecimiento de la comunidad escolar, en la que se integran todos los actores del sistema educativo, y apoyo a la inserción de la escuela en el contexto socio-comunitario, favoreciendo su papel como impulsora del desarrollo.

- Apoyo al acceso y finalización de estudios de educación primaria y secundaria, con especial atención a las niñas.

- Capacitación básica de personas jóvenes y adultas, mediante programas de alfabetización y educación básica, también en este caso observando especialmente la situación y necesidades de niñas y mujeres.

- Apoyo a la formación profesional y capacitación ocupacional, facilitando la transición a la vida laboral.

- Apoyo a formas alternativas de educación respondiendo a contextos particulares, superando la idea de una única estructura educativa.

- Acciones de formación para la igualdad de género y oportunidades de la mujer.

- Apoyo a la construcción, rehabilitación y dotación de infraestructuras y equipamientos educativos.

- Potenciación de la formación del profesorado y del personal educativo, de cara a la mejora de la calidad educativa.

- Acciones de apoyo a la educación, mediante la puesta en marcha de bibliotecas escolares, ludotecas, programas de fomento de la lectura, y programas de educación en valores, entre otras medidas.

- Potenciación de la utilización de nuevas tecnologías de la comunicación y la información en los sistemas educativos.

- Integración del deporte en el ámbito educativo.

- Apoyo a acciones que atiendan la diversidad cultural y la enseñanza bilingüe.

d) En el sector del acceso al agua potable y saneamiento básico:

- Apoyo al diseño y aplicación de normativas que aseguren el acceso equitativo al agua y su uso eficiente.

- La protección de recursos hídricos y la gestión de estos con criterios de sostenibilidad medioambiental.

- La educación y capacitación para el adecuado uso del agua y para el mantenimiento y gestión de los sistemas de agua, saneamiento y depuración, así como prácticas higiénicas adecuadas.

- Provisión de agua potable para comunidades en situación de vulnerabilidad a través de infraestructuras como pozos, bombas y sistemas de conducción, distribución y almacenamiento.

- Apoyo a programas de saneamiento y tratamiento de aguas residuales.

- Creación y apoyo de servi­cios de recogida y tratamiento de residuos sólidos.

e) En vivienda y habitabilidad básica:

- Apoyo a la ordenación territorial y planificación urbanística, con especial incidencia en barrios marginales.

- Mejora del acceso a la vivienda: Construcción y rehabilitación de viviendas de bajo coste para la población en situación de pobreza o vulnerabilidad, y erradicación del chabolismo.

- Construcción y/o mejora de equipamiento público: Áreas recreativas, centros comunitarios, mercados, iluminación pública, etc.

- Habitabilidad y servi­cios básicos en situaciones de emergencia.

- Creación y/o mejora de accesos, escaleras, caminos, vías vehiculares, pasarelas y puentes.

- Disminución de la vulnerabilidad en lugares públicos y en viviendas en riesgo.

- Suministro de electricidad en las viviendas, preferentemente con fuentes renovables.

f) En el fomento del consumo responsable y de la economía social y solidaria:

- Fortalecimiento de una base productiva sostenible, sólida y diversificada, de acuerdo a las necesidades y potencialidades locales, centrando las actuaciones en los siguientes sectores productivos: Agricultura, ganadería, pesca, silvicultura, industria, con particular atención a la industria agroalimentaria, artesanía, turismo y comercio

- Apoyo a la innovación tecnológica en los sectores productivos: Producción de alimentos que conserven los suelos, el agua y la agro-biodiversidad, minimizando la utilización de pesticidas, además de fomentar el ahorro energético y el uso de las energías renovables.

- Apoyo a las cooperativas y sistemas asociados de producción y compra de insumos.

- Apoyo a programas de formación y capacitación: Técnicas de producción, contabilidad, finanzas, comercialización, gestión empresarial, recursos humanos, responsabilidad social de la empresa y generación de empresas sostenibles.

- Establecimiento de sistemas de crédito para microempresas y pequeñas empresas a través de entidades sin ánimo de lucro.

- Mejora de los sistemas de distribución y comercialización local: Organización de sistemas de acopio y organización de la comercialización, creación de canales alternativos de distribución y comercialización, creación de cooperativas de comercialización.

- Apoyo a la realización de proyectos en materia de economía solidaria y comercio justo: Apoyo a las cooperativas de productores del Sur basadas en los principios del comercio justo, programas de información, formación y concienciación de los consumidores sobre el comercio justo y el consumo responsable, promoción de la comercialización de productos de comercio justo.

- Apoyo a procedimientos y políticas regionales o locales que velen por la justicia, transparencia y carácter social y redistributivo de los procesos productivos de distribución y comercialización, incluyendo el apoyo a las cláusulas sociales en los procesos de creación y consolidación de mercados económicos regionales.

g) En el sector de protección del medio ambiente.

- Proyectos de gestión sostenible del agua y, especialmente, la gestión integral de este recurso a nivel de cuenca hidrográfica.

- Apoyo a organizaciones e instituciones locales para el desarrollo de proyectos de uso eficiente del agua.

- Promoción del uso eficiente de la energía y la promoción de las energías renovables.

- Apoyo a proyectos que procuren condiciones de habitabilidad sostenibles, en el marco de las Agendas 21 de Desarrollo Local.

- Capacitación y formación de las organizaciones comunitarias (campesinas, indígenas, de jóvenes y de mujeres, etc.) y personas con responsabilidades directas en la gestión ambiental y el manejo sostenible de los recursos naturales.

- Promoción de estructuras participativas que integren a las organizaciones comunitarias en la gestión ambiental.

- Apoyo a iniciativas vinculadas con la reducción y la mitigación de riesgos y la preparación para los desastres.

- Apoyo a programas de conservación y gestión sostenible de la biodiversidad y los ecosistemas vulnerables, en especial a los programas tendentes a la conservación de masas forestales.

- Priorización de las actuaciones desarrolladas en el marco de los programas sectoriales de medio ambiente impulsados por la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), especialmente el programa Azahar.

h) En el sector del fortalecimiento de las estructuras democráticas, poder local y participación ciudadana.

- Apoyo a la generación de capacidades del personal técnico y político de los entes locales.

- Apoyo a los procesos de descentralización democrática de los entes locales.

- Fortalecimiento de los procesos de autoorganización de la sociedad civil, y empoderamiento de los sectores sociales más vulnerables.

- Fortalecimiento de los procesos de participación ciudadana y de diálogo social.

- Apoyo a la formación y consolidación de organizaciones sociales, políticas y organizaciones de trabajadores y trabajadoras, de carácter democrático.

- Promoción y fortalecimiento de organizaciones intermunicipales: Mancomunidades, microregiones, etc.

i) En la promoción de la paz y defensa de los derechos humanos:

- Fomento de proyectos de resolución pacífica de los conflictos y promoción de la paz.

- Apoyo a proyectos de formación en materia de resolución de conflictos.

- Apoyo a proyectos de desarme, desmovilización y reintegración, con especial atención a los «niños/as soldado».

- Proyectos de atención a las víctimas de conflictos, con especial incidencia a los colectivos más vulnerables, como mujeres e infancia.

- Proyectos que incidan en la prevención y finalización de la violencia de género y el uso de niños y niñas en los conflictos armados y otros contextos de violencia.

- Proyectos que promuevan el respeto del Derecho Internacional Humanitario y el respeto a la población civil en las situaciones de conflicto.

- Apoyo a la denuncia de violaciones de los derechos humanos.

- Facilitar el acceso de las víctimas a los sistemas de protección de los derechos humanos.

- Apoyo a acciones que incentiven la conciencia ciudadana sobre libertades y derechos.

- Apoyo a acciones que promuevan la protección y defensa de los derechos sociales y laborales.

- Potenciación de organizaciones locales de derechos humanos.

- Fomento de la educación y la sensibilización en el ámbito de los derechos humanos.

- Proyectos de apoyo y protección a las personas defensoras de los derechos humanos.

j) En el ámbito de igualdad de oportunidades e integración social de las mujeres:

- Apoyo a la creación y desarrollo de planes de igualdad, programas de integración de la perspectiva de género e instituciones de igualdad.

- Fortalecimiento y mejora de los servi­cios públicos que faciliten su acceso y utilización por parte de las mujeres.

- Apoyo a proyectos de formación especializada en violencia de género para las y los profesionales implicados en la atención y detección de casos de violencia.

- Apoyo al desarrollo de campañas de información y sensibilización sobre la violencia de género.

- Potenciación de los recursos sociales y sanitarios necesarios para garantizar la atención a mujeres víctimas de violencia.

- Apoyo a proyectos de carácter preventivo en el ámbito escolar que contribuyan a que desaparezca la violencia de género.

- Apoyo a medidas integrales para la prevención y el tratamiento de la violencia de género.

- Fomento de la participación de las mujeres en los ámbitos de decisión social y político.

- Apoyo a las organizaciones sociales que trabajan en la promoción y defensa de los derechos de las mujeres.

- Apoyo a proyectos de microcréditos dirigidos a mujeres para la realización de actividades productivas, acompañado de medidas que aseguren su control y gestión.

- Apoyo a la educación, formación y capacitación profesional de las mujeres, promoviendo el autoempleo, el espíritu emprendedor y la actividad empresarial.

- Apoyo a actividades que permitan a las mujeres el acceso al mercado laboral y su participación en la economía formal, promoviendo la defensa de los derechos laborales.

- Realización de cursos de formación para mujeres, dirigidos a la creación y mejora de la gestión de empresas y utilización de nuevas tecnologías aplicadas a la gestión empresarial.

- Apoyo a actividades de formación y sensibilización dirigidas a mujeres y hombres, que contribuyan a un cambio de actitudes en las relaciones de género.

- Apoyo a campañas de información, educación para el desarrollo y sensibilización sobre la situación de la mujer en los países en vías de desarrollo.

k) En el ámbito de derechos de la infancia:

- Promoción de la salud y bienestar social de niños y niñas, adolescentes y jóvenes.

- Fomento de la igualdad de oportunidades en el acceso a la educación de niños, niñas y adolescentes.

- Actuaciones dirigidas a la erradicación de la explotación y abusos sexuales.

- Actuaciones de prevención y protección contra todo tipo de explotación económica y laboral de niños y niñas.

- Apoyo a proyectos de lucha contra la discriminación y la violencia contra las niñas y los niños.

- Apoyo a proyectos de lucha contra el maltrato infantil.

- Apoyo a proyectos de atención a los niños y niñas de la calle.

- Apoyo a proyectos de integración social, familiar y educativa, así como de capacitación y formación profesional para su inserción laboral.

- Apoyo a proyectos para favorecer el asociacionismo y la participación infantil y juvenil.

- Apoyo a movimientos o grupos organizados de niños y niñas y fomento de espacios de participación en los diferentes ámbitos sociales.

- Apoyo a proyectos para la prevención de conductas de riesgo.

- Apoyo a la formación de educadores y colaboradores que trabajen con infancia.

- Promoción de actividades de información, sensibilización y formación de la sociedad sobre la situación y derechos de la infancia.

l) En población indígena:

- Fomento de la participación plena y efectiva de los pueblos indígenas en los procesos de decisión.

- Apoyo a las propuestas educativas y de formación adaptadas a la cultura indígena.

- Apoyo a las organizaciones, agrupaciones, instituciones y autoridades tradicionales de los pueblos indígenas, siempre y cuando se respeten los Derechos Humanos.

- Respaldo a los pueblos indígenas y a sus organizaciones en la protección de sus territorios, medio ambiente, sistemas culturales, sociales, productivos, económicos y patrimonio cultural.

m) En el ámbito de la protección de los grupos de población más vulnerables:

- Apoyo a acciones innovadoras de intervención social y de coordinación para dar respuesta a las necesidades y demandas de las personas mayores.

- Fomento de la autonomía, participación activa y protagonismo social de las personas mayores.

- Apoyo a acciones que favorezcan el máximo nivel de integración y normalización, facilitando, en la medida de lo posible, la adaptación a los procesos de envejecimiento en su entorno.

- Potenciación de los recursos sociales necesarios para garantizar la atención a las personas mayores.

- Potenciación de la defensa de los derechos de las personas mayores.

- Apoyo a acciones que fomenten el asociacionismo de las personas mayores.

- Apoyo a acciones innovadoras de intervención social y de coordinación para dar respuesta a las necesidades y demandas de las personas con discapacidad.

- Fomento de la autonomía, participación activa y protagonismo social de las personas con discapacidad.

- Apoyo a programas de integración laboral.

- Potenciación de los recursos sociales necesarios para garantizar la atención a las personas con discapacidad.

- Potenciación de la defensa de los derechos de las personas con discapacidad.

- Apoyo a acciones que fomenten el asociacionismo de las personas con discapacidad y/o sus familiares.

- Apoyo a procesos de integración de personas y familias socialmente vulnerables o en situación de exclusión social.

- Apoyo a iniciativas que faciliten el acceso y la estabilidad en el empleo a las personas socialmente vulnerables o en riesgo de exclusión social.

- Defensa de derechos de las personas socialmente vulnerables o en riesgo de exclusión social.

- Apoyo a acciones que fomenten el asociacionismo de las personas pertenecientes a minorías étnicas u otros colectivos sociales en riesgo de exclusión y/o sus familiares.

n) En el ámbito del codesarrollo:

- Fomento de la incorporación de inmigrantes residentes en Guadalajara como agentes de identificación, implantación y evaluación de los proyectos en sus respectivos países.

- Apoyo y refuerzo de las iniciativas del movimiento asociativo de inmigrantes que lleven a cabo actividades de desarrollo en sus países de origen.

- Apoyo a la realización de estudios e investigaciones sobre la realidad de las migraciones y sobre el papel de la cooperación en los países de origen.

- Apoyo a actuaciones de información, orientación y asesoramiento en los países de origen sobre el fenómeno migratorio.

EDUCACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN PARA EL DESARROLLO.

Las actividades de sensibilización se deben desarrollar exclusivamente en la ciudad de Guadalajara.

Prioridades sectoriales.

Estos proyectos se incluirán en alguno o algunos de los siguientes grupos de actuaciones:

- Acciones de sensibilización, de información, divulgación e investigación, sobre la realidad social y económica de los países más desfavorecidos y la Cooperación internacional para el desarrollo.

- Programas de formación de recursos humanos especializados en materia de Cooperación internacional para el desarrollo.

- Impulso de acciones de educación para el desarrollo dirigidas a la promoción del respeto por los derechos humanos, por los derechos de la infancia como grupo social y por la diversidad cultural y religiosa.

- Fomento de la participación en los diferentes ámbitos relacionados con la cooperación, sensibilización y educación para el desarrollo.

- Impulso de acciones que incorporen la educación para el desarrollo en el ámbito de la educación formal, con especial atención a su incorporación en los contenidos curriculares de todos los niveles, programas, materias y áreas de educación, etc., y a la formación del profesorado y otros temas relacionados con el desarrollo y en las estrategias metodológicas para su puesta en práctica.

- Promoción de la educación para el desarrollo en los ámbitos no formales, mediante la participación de las organizaciones, especialmente las infantiles y juveniles, centros de adultos y escuelas de formación en el tiempo libre, en actividades de educación para el desarrollo.

- Apoyo de acciones que fomenten la implicación de los medios de comunicación en la transmisión de contenidos acordes con los principios de la educación para el desarrollo.

- Sensibilización de la sociedad de Guadalajara de la situación de refugiados y desplazados y sobre las causas que generan estos fenómenos.

- Impulso de centros de recursos didácticos de educación para el desarrollo que permitan difundir y sistematizar los materiales y las experiencias de educación para el desarrollo.

- Apoyo a actuaciones y programas de información y difusión de los denominados conflictos olvidados.

- Apoyo a actuaciones que fomenten la participación de los inmigrantes residentes en Guadalajara en los procesos de desarrollo de sus propios países.

- Fomentar espacios de encuentro, reflexión y puesta en común de experiencias entre la administración autonómica y las diferentes administraciones locales y entidades no gubernamentales, en los ámbitos de la cooperación para el desarrollo y la inmigración.

- Fomentar la convivencia y el conocimiento, la sensibilización de los ciudadanos hacia los problemas de países en desarrollo mediante la incorporación de los inmigrantes como agentes de sensibilización y de educación para el desarrollo.

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